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PROFEPA asegura tortugas ofertadas ilegalmente en redes sociales

Mérida, Yucatán, 03 de agosto de 2017.- Derivado de acciones de inteligencia y monitoreo de redes sociales, personal de la PROFEPA y de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) realizaron operativo conjunto en el estacionamiento de Plaza Oriente Mérida, sitio identificado como lugar de venta de ejemplares de vida silvestre ofertados a través de redes sociales.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró de manera precautoria 35 ejemplares de vida silvestre de especies de tortugas terrestres y dulceacuícolas, en el estacionamiento de Plaza Oriente Mérida, las cuales eran ofertadas para su venta mediante redes sociales, en el estado de Yucatán.

En la inspección realizada, el sujeto a revisión no acreditó la legal procedencia de los 35 ejemplares de tortuga, así como tampoco acreditó contar con autorización para el aprovechamiento extractivo de dichos ejemplares; también se detectaron faltas al trato digno y respetuoso, en virtud de que los 35 ejemplares se encontraban hacinados en un costal de rafia.

De los 35 ejemplares de tortuga asegurados, 20 pertenecen a la especie Terrapene (Terrapene carolina), 5 a la especie Casquito pochitoque (Kinosternon scorpioides); y 10 a la especie Mojina  (Rhinoclemmys aerolata); las dos primeras especies se encuentran sujetas a Protección Especial (Pr) y la última especie en la categoría de Amenazada (A), en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.

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Por lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 119 fracciones I, II y VII de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), se procedió al aseguramiento precautorio de dichos ejemplares, los cuales fueron canalizados a una Unidad de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre autorizada.

La LGVS establece una sanción de 50 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización a quien realice actividades de aprovechamiento extractivo de vida silvestre, sin autorización.

Además, también señala que a quién posea ejemplares de vida silvestre fuera de su hábitat natural sin contar con medios para demostrar su legal procedencia; puede ser acreedor a una sanción del equivalente de 20 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización a quien contravenga disposiciones de trato digno y respetuoso a la fauna silvestre.

 


 

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