Mérida, Yucatán, 13 de Enero de 2017.- El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán (IEPAC) aprobó hoy la emisión y publicación del Catálogo de Políticas Públicas y Actos Gubernamentales considerados como Trascendentales en el Estado de Yucatán para el año 2017.
En sesión extraordinaria la Consejera Presidente del IEPAC, María de Lourdes Rosas Moya, destacó la importancia de que la ciudadanía conozca el documento que contiene más de dos mil 500 acciones de 103 ayuntamientos, del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo que cumplieron con entregar su información antes de vencer el plazo para hacerlo el pasado 25 de noviembre.
El objetivo de la publicación de este documento, explicó, es que la ciudadanía conozca esos catálogos directamente, entre a la información de su Municipio y pueda ver qué es lo que se proyecta realizar ahí o qué es lo que el Poder Legislativo tiene previsto realizar en este ejercicio del 2017 y, en un momento dado si así lo decidieran y no estuvieran de acuerdo, pudieran solicitar algún plebiscito.
“Tenemos que buscar estrategias para llevar esta información a la ciudadanía”, agregó al tiempo que reconoció la labor realizada por personal de la Dirección de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana que se encargó de difundir la Ley de Participación Ciudadana entre los sujetos obligados, logrando así un cumplimiento récord en la presentación de sus Catálogos a aplicar durante el presente año.
El consejero y presidente de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana, Antonio Matute González, informó que para difundir el Catálogo de Políticas Públicas y Actos Gubernamentales considerados como Trascendentales se implementa un Plan de Promoción que incluye una campaña de difusión directa con ciudadanos, publicación en medios impresos, spots, pláticas en ayuntamientos para informar sobre la manera de acceder a un plebiscito, y la colocación de más de mil 500 carteles informativos en espacios públicos.
De igual forma destacó que la información estará disponible en la página institucionalwww.iepac.mx donde se podrá encontrar además un banner con datos por municipios para hacer más accesible las búsquedas y los formatos para solicitar la realización de cualquiera de los mecanismos de consulta popular: plebiscito, referéndum y consulta popular.
Para la realización de un plebiscito referente a información de municipios o acciones del Congreso del Estado, explicó, el plazo será de 30 días a partir de la publicación que haremos el día 22 de enero en medios de comunicación de manera impresa.
“En el caso del Poder Ejecutivo será de 45 días a partir de esa misma fecha”, abundó.
El consejero Jorge Valladares Sánchez consideró que el cumplimiento de este Catálogo es parte de una ruta de trabajo del Instituto para poner al alcance de toda la ciudadanía elementos para que pueda ejercer la democracia directa.
Esto, dijo, permitirá poner en práctica el valor ciudadano de su opinión, de su fuerza de decidir a través de los instrumentos legales sin necesidad de acudir posteriormente a la inconformidad manifiesta social frente a algo que ya ocurrió.
El consejero Carlos Pavón Durán recordó que la Ley de Participación Ciudadana que Regula el Plebiscito, Referéndum y la Iniciativa Popular en el Estado de Yucatán se encuentra disponible en la página institucional del Instituto e incluso ha sido traducida en versiones impresas a la lengua maya para que pueda ser consultada por toda la población.
El Artículo 19 de dicha norma señala que para pedir la realización de un plebiscito y tratándose de actos o acciones de los Ayuntamientos se requerirá de la participación del 10% de los inscritos en la Lista Nominal de Electores, en los Municipios que cuenten hasta con 3,000 ciudadanos; el 8% en los que cuenten hasta con 5,000; el 6% en los que haya hasta 10 mil ciudadanos; el 4% con hasta 20 mil; el 3% con hasta 50 mil y el 2% de los inscritos en la lista nominal en municipios que cuenten con más de 50 mil ciudadanos.
Tratándose de actos o acciones del Ejecutivo del Estado con impacto en todo el territorio estatal se requerirá el 2% de los inscritos en la Lista Nominal de Electores del Estado.