La Secretaría de Seguridad Pública (SSP) de Yucatán verifica que en los vehículos con cristales polarizados se cumpla con lo establecido en el Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado.
El Artículo 66 precisa que pueden circular vehículos con polarizado en cristales, siempre y cuando sean aplicados en una capa, en películas HP o NR del grado 38 al 28.
También pueden circular las camionetas con vidrios entintados de fábrica.
Al tratarse de una medida para la seguridad del estado de Yucatán los operativos para vigilar su cumplimiento son permanentes.
En los operativos se ha retirado el polarizado a 19 mil 407 vehículos e infraccionado a mil 437 conductores que se negaron a retirarlo. Una multa no los exime de otra si persiste el incumplimiento.
Están obligados a cumplir con las disposiciones de ley los propietarios de vehículos con placas de Yucatán y de otras entidades que ya radican aquí.
Para verificar el tipo de polarizado los elementos de la SSP utilizan dispositivo electrónico que mide el grado de entintado de los cristales.
Los policías estatales están facultados para detener vehículos con entintados u otros materiales que impidan la visibilidad al interior del vehículo.
Si la unidad policial que realiza la detención no cuenta con el medidor llamará a una de Servicios Viales que lo tenga.
Se exhorta a los proveedores de servicios de polarizado a vender e instalar únicamente los permitidos y así evitarle contratiempos a sus clientes.