Yucatán

INE amplia vigencia de credenciales, expedirá constancias digitales y añadirá datos biométricos

El Instituto Nacional Electoral (INE) impulsa tres proyectos con el objetivo de fortalecer la garantía del derecho a la identidad de las y los mexicanos ante la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19, como la ampliación de vigencia de credenciales para votar, expedición de constancias digitales y adecuaciones al Servicio de Verificación de Identidad.

El vocal ejecutivo de la Junta Local del INE en Yucatán, C.P. Fernando Balmes Pérez indico que un interés prioritario del Instituto es ofrecer todas las garantías y facilidades para el ejercicio de los derechos de las y los ciudadanos, como “el de la identidad por medio de la Credencial para Votar, que permite garantizar elecciones auténticas y que sirve para múltiples fines de la vida económica y social”.

En el primero de los casos, explicó que el Consejo General del INE aprobó el pasado día 15 de mayo que las credenciales para votar que perdieron vigencia el 1 de enero de 2020 y no han sido renovadas, continúen vigentes hasta el 1 de septiembre de 2020, con motivo de la declaratoria de emergencia sanitaria por la pandemia del Coronavirus, COVID-19.

Por la contingencia sanitaria, desde el pasado 23 de marzo se suspendieron los servicios en los Módulos de Atención Ciudadana del INE, por lo que muchos ciudadanos han visto interrumpida la posibilidad de renovar y actualizar su credencial.

Detalló que en Yucatán un total de 26 mil 156 ciudadanas y ciudadanos cuyas credenciales para votar que perdieron vigencia en enero pasado, que no han sido renovadas y actualmente sus titulares se encuentran imposibilitados para realizar el trámite para su obtención en los Módulos de Atención Ciudadana, continuarán utilizando la mica para fines de identificación ante instituciones públicas y privadas hasta el 1° de septiembre de 2020.

Respecto a la expedición de constancias digitales de situación registral, indicó que éstas beneficiarían a quienes pudieron haber extraviado su credencial para votar, aunque su expedición es temporal -mientras se mantenga la declaratoria de emergencia sanitaria por la pandemia del Coronavirus, COVID-19.

La Constancia Digital podrá tramitarse entre finales de mayo y el 1º de septiembre de 2020 y se expedirá a favor de todas y todos aquellos ciudadanos que cuenten con un registro vigente en el Padrón Electoral; sin embargo, esta expedición no iniciará hasta en tanto las instituciones públicas y privada dispongan de las herramientas tecnológicas que permitan mostrar los datos contenidos en los códigos QR de las constancias.

El delegado del INE en Yucatán aclaró que la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores trabaja en un aplicativo con el que instituciones públicas y privadas harán la validación de dichas constancias que emitirá el INE, con lo que “se brindará a la ciudadanía un mecanismo de identificación adecuado por la falta de la posesión de la Credencia para Votar, que le permita la realización de trámites y el acceso a otros derechos.

El diseño de la Constancia Digital contempla la generación de un documento en formato PDF con los siguientes datos: nombre(s), apellido paterno, apellido materno; clave de elector; número de emisión; dato OCR (Reconocimiento Óptico de Caracteres); Código de Identificación de Credencial (CIC); año de registro; fecha de emisión, mes y año de fin de vigencia de la Constancia Digital.

Las herramientas tecnológicas permitirán mostrar los datos contenidos en los códigos QR mencionados, para poder verificar que la información ahí contenida coincida con los datos impresos en el documento y con la o el portador de la Credencial para Votar, evitando así su alteración indebida.

La solicitud de la Constancia Digital estará disponible para su descarga en la página de Internet del INE.

Respecto a las adecuaciones al Servicio de Verificación de Identidad, detalló que el Consejo General del Instituto avaló realizar una comparación facial de la imagen que recaben las instituciones o prestadores de bienes y servicios de las personas a quienes atiende, respecto de la imagen en la base de datos del Padrón Electoral.

El objetivo es atender la nueva realidad que se vive en el país, en la que muchas personas e instituciones realizan trámites vía remota para acceder a productos y servicios a través de canales o plataformas digitales fuera de las oficinas o sucursales físicas de las instituciones, ya sea con el apoyo de un operador de la misma institución o directamente por la o el cliente en modalidad de autoservicio.

El Servicio de Verificación ha permitido que las instituciones verifiquen la vigencia de las credenciales para votar, mediante la comparación de los datos de CIC, OCR, número de emisión, clave de elector, nombre(s), apellidos, año de registro, CURP y huellas dactilares, y que la o el portador de la credencial es la misma persona que realizó el trámite con el INE.

Con esta medida, la autoridad electoral contribuye a prevenir que las y los ciudadanos sean víctimas de usurpación de su identidad o, de un uso ilícito de sus datos personales que pudiera generar múltiples perjuicios a su persona y a su patrimonio, ahora no sólo en trámites presenciales sino a distancia a través de nuevas tecnologías.

Cabe destacar que las empresas o instituciones serán las responsables de la implementación del mecanismo para recabar las fotografías de las y los ciudadanos, así como el consentimiento libre, informado, expreso e inequívoco sobre el tratamiento de sus datos personales. Si no cuentan con el consentimiento, el INE no estará en posibilidades de proporcionar el Servicio de Verificación en cualquier modalidad.

El Servicio de Verificación se realiza sin que el INE proporcione en algún momento, información confidencial o datos del Padrón Electoral a otras instancias y sólo con las instituciones con las que exista o se firme un convenio específico de colaboración.

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