Las personas que integran la comunidad de la Universidad Autónoma de Yucatán (UADY), así como las pertenecientes a otras instituciones y público en general, podrán acceder a una versión abreviada del Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción de la Violencia de Género, Discriminación, Hostigamiento, Acoso y Abuso Sexuales.
El pasado 28 de enero de 2021, el Consejo Universitario aprobó la actualización al Protocolo, y se detectó la necesidad de poner a disposición de todas las personas un documento práctico, que de forma sencilla explicase con detalle el proceso seguido por una queja cuando ingresa a través de la ventanilla única.
Es así como la UADY publicó una edición digital del Protocolo en la que se presenta un extracto del documento original, adaptado para que en tan solo 19 páginas expliquen de manera ágil: Cuáles son los pasos que sigue el procedimiento; sus etapas y quienes intervienen en cada una; los plazos que deben cumplirse; cómo se establece la procedencia de una queja; las maneras en las que concluye el proceso y cuándo se dará un seguimiento a éste.
El Protocolo de la UADY, en su versión abreviada, señala que se aplicará “a todas las personas que integran la comunidad universitaria que puedan involucrarse en una queja por violencia de género, discriminación, hostigamiento, acoso y abuso sexuales, sea como persona que presenta la queja, persona contra la que se presenta la queja, testigos, o bien como integrantes de un órgano colegiado en su dependencia para la prevención, atención y sanción de las conductas aquí descritas”.
En el documento se aclara que entre sus destinatarios prevé al personal directivo, académico, administrativo y manual; asimismo, considera al alumnado, que puede ser de la propia institución, de los programas de movilidad o quienes desarrollan alguna actividad académica en escenarios reales de aprendizaje.
También están sujetos a la aplicación del Protocolo, prestadores (as) de un servicio profesional a la UADY desarrollado en la propia institución, por ejemplo: conferenciantes, profesores (as) e investigadores (as) externos; de igual manera, personas que brindan algún servicio al interior de la Universidad, como proveedores (as) de cafeterías, surtido de gas u otros insumos.
“El presente Protocolo será aplicado a todas las relaciones interpersonales, horizontales o verticales, descendentes o ascendentes, que tengan lugar en el ámbito de la Universidad”, puntualiza.
Asimismo, se enfatiza que este Protocolo atienda desde su inicio la violencia de género digital como parte de las conductas sancionables previstas.
En tal sentido, indica que la aplicación de este instrumento procederá en casos relacionados con violencia de género, discriminación, hostigamiento, acoso y abuso sexuales, ya sea que se presenten en el ámbito virtual o presencial.
Igualmente, especifica que si se presume la comisión de un delito se turnará a las autoridades correspondientes y se contará con la asesoría del personal jurídico de la Universidad.
En los casos que pudieran ser materia de un procedimiento de investigación o sanción en atención a lo estipulado en los Contratos Colectivos de Trabajo correspondientes, se procederá conforme a los mismos.
Tanto la versión completa como la abreviada del Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción de la Violencia de Género, Discriminación, Hostigamiento, Acoso y Abuso Sexuales, pueden ser consultadas y descargadas en el siguiente enlace: https://www.uady.mx/#/protocolo-violencia-de-genero