Para el 2023, los trabajadores tendrán siete días de descanso obligatorio y puentes, de acuerdo con la Ley federal del Trabajo.
El 1 de enero, cae en domingo y si la empresa te hace trabajar, debe pagar al triple, pues te corresponde una prima dominical.
6 de febrero, será el primer lunes del mes y corresponde a la celebración del Día de la Constitución, por lo que será el primer puente del año.
20 de marzo, el tercer lunes del mes y corresponde a las celebraciones del natalicio de Benito Juárez.
1 de mayo, será lunes y se celebra el Día Internacional de los Trabajadores o la conmemoración del movimiento obrero mundial.
16 de septiembre; aunque la fecha cae en sábado, se trata de un descanso obligatorio y si te toca trabajar deberán pagártelo doble.
20 de noviembre, será el tercer lunes de noviembre y corresponde a la conmemoración de la Revolución Mexicana.
25 de diciembre, será lunes y será también el último puente del año.
Ve preparando tu calendario para aprovechar estos días de descanso.