Para garantizar el derecho al voto a todas las personas durante esta jornada electoral, en cada Mesa Directiva de Casilla de los estados que tendrán votaciones, incluyendo Yucatán se debe aplicar el protocolo para que las personas travestis, transgénero, transexuales y no binarias puedan ejercer su voto en igualdad de condiciones y sin discriminación.
Las obligaciones de las personas funcionarias de casilla al momento de atender a una persona trans cuya credencial para votar es que no tenga actualizados sus datos personales, es decir, que el documento oficial tenga una fotografía antigua y su nombre anterior en lugar de una fotografía que demuestre su identidad de género y su nombre real.
El ‘Protocolo es para adoptar las medidas tendientes a garantizar a las personas trans el ejercicio del voto en igualdad de condiciones y sin discriminación en todos los tipos de elección y mecanismos de participación ciudadano’, aprobado a finales del 2017 por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).
En un tríptico se explica que para las personas funcionarias de las Mesas Directivas de Casilla, el documento explica que las personas trans (travestis, transgénero, transexuales y no binarias) son aquellas que cuyo sexo asignado al nacer puede no coincidir con su identidad de género.
Además indica que la identidad de género es la forma en la que las personas viven, expresan y sienten su cuerpo; es decir, que en ocasiones las personas pueden optar por modificar sus cuerpos a través de medios médicos u otros, al igual que cambiar su manera de vestir, hablar y comportarse.
De acuerdo con el protocolo, es responsabilidad de la persona presidenta de la Mesa Directiva de Casilla verificar que en la casilla se coloque el cartel de orientación ciudadana “¿Quiénes pueden votar?” y se cuente con el tríptico.
Asimismo tendrá que permitir que emitan su voto todas las personas trans que tengan credencial vigente y estén inscritas en la Lista Nominal de Electores, y usar el protocolo para resolver cualquier situación o duda que puedan tener las personas que estén participando en la jornada electoral (representantes de partidos políticos o de candidaturas independientes, personas observadoras electorales o el electorado).
¿Qué pasa si prohíben votar a una persona trans que sí cumpla con los requisitos legales?
Impedir que una persona trans ejerza su derecho al voto es un delito electoral que puede ser sancionado por la ley, ya que los delitos electorales son aquellas acciones u omisiones que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las características del voto, que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible.
La Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE) es la autoridad encargada de investigar y perseguir los delitos electorales para garantizar los derechos político-electorales de la ciudadanía.
Si eres una persona trans y tienes dudas o algún inconveniente en tu casilla debes comunicarte al INETEL: 800-433-2000 o si deseas denunciar algún delito electoral puedes llamar al FEDETEL: 800-833-72-53; todas las personas pueden denunciar.