Mérida, Yucatán a 03 de marzo de 2022.- Es oficial hoy se publicó el decreto 475/2022 en el Diario Oficial del Gobierno de Yucatán, las reformas al Código de Familia para el Estado y a la Ley del Registro Civil del Estado en el tema del matrimonio igualitario.
A partir de mañana los casamientos en Yucatán será accesible sin amparo para todas aquellas personas del mismo sexo.
De esta manera quedaron modificados los artículos 10, 49 y 201 del Código de Familia para el Estado de Yucatán en materia de nuevos estados familia para quedar de la siguiente manera:
Derecho a la Igualdad entre las Personas
Artículo 10. Las personas son iguales ante la ley, por lo que de común acuerdo decidirán todo lo relativo a la integración de una familia y a la administración de sus bienes.
Naturaleza del Matrimonio
Artículo 49. El matrimonio es una institución jurídica por medio de la cual se establece la unión libre y voluntaria de dos personas, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto y ayuda mutua.
Concepto de Concubinato
Artículo 201. El concubinato es la unión de dos personas quienes, libres de matrimonio, hacen vida en común de manera notoria, permanente, hayan o no procreado hijos o hijas o han vivido públicamente como cónyuges durante dos años continuos o más.