Además del daño que ocasionan a la reproducción del pulpo al capturarlo aún en veda, pescadores furtivos incurren en otras violaciones a la ley ya que están sacando langosta chica que no tiene la medida aprobada, lo que también implica amonestaciones.
En los recientes decomisos realizados en la entrada de Tizimín, se han aplicado fuertes sanciones a los pescadores que se han visto involucrados. Entre los castigos está la suspensión temporal de su permiso para la próxima captura del pulpo por parte de sus cooperativas, lo que pone en alerta a los hombres de mar y a la gente que busca transportar especies marinas en veda para ingresar a Tizimín ya sea para consumo o venta.
De acuerdo con el artículo 420 del código penal federal se impondría pena de un año a nueve años de prisión, y por equivalente de 300 a 3 mil días de multa a quien capture , dañe o prive de la vida a algún ejemplar, mamífero marino o recolecte o almacene productos de la misma, informa el Diario de Yucatán.
También estaría violando la ley quien capture, transforme, acopie o transporte especies en veda.
Entre las infracciones según el artículo 133 está: una advertencia verbal, imposición de multa, imposición de multa adicional por cada día que persista la infracción, el arresto administrativo hasta por treinta y seis horas.
Así como la clausura temporal o definitiva, parcial o total, de la instalación o instalaciones en las que se hayan cometido las infracciones.
El responsable también se puede hacer acreedor al decomiso de embarcaciones, vehículos, artes de pesca o productos obtenidos de la pesca ilegal y por último la suspensión o revocación de los permisos, concesiones y autorizaciones correspondientes.
Las multas, de acuerdo al artículo 138 son: de 101 a 1,000 días de salario mínimo vigente a quien cometa las infracciones como pesca ilegal o no demostrar documentalmente la legal procedencia de los productos pesqueros.
Esto también es equivalente de 10,000 a 30,000 días de salario mínimo vigente (un monto de $5 millones, 186 mil 100 pesos) a quien cometa las infracciones de pesca, posesión, transporte o almacene especies enteras, partes y derivados en veda y por la captura de tallas inferiores a las permitidas.
Las medidas mínimas para su captura son: en el caso de la cola de langosta es de 13.5 centímetros, en el mero rojo de 36.3 centímetros y pulpo de 450 gramos por pieza.
Fuente: Diario de Yucatán