Desde el viernes 4 de febrero y hasta el 10 de abril estará prohibida la difusión de propaganda gubernamental por la realización de la revocación de mandato en el país, indicó el Instituto Nacional Electoral (INE).
La decisión es establecida en la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues para el caso de campañas electorales, y de acuerdo con el Artículo 41, fracción III, base C se establece que:
«Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales, como de las entidades federativas, así como de los Municipios, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y cualquier otro ente público».
En ese mismo artículo establece que las excepciones serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, como información relativa a la pandemia, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.
En el caso particular de la revocación de mandato, el artículo 33 de la Ley Federal de Revocación de Mandato indica que:
«Durante el tiempo que comprende el proceso de revocación de mandato, desde la emisión de la Convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de votación, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno», agregó.
En ese mismo artículo se establece que sólo se podrán difundir las campañas de información relativas a los servicios educativos y de salud o las necesarias para la protección civil.
Respecto al proceso de revocación de mandato, el INE explicó que, a través de la Comisión de Quejas y Denuncias, podría conocer sobre cualquier irregularidad para dictar, en su caso, las medidas cautelares correspondientes; sin embargo, será la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la instancia que resuelva el fondo de las quejas que se llegaran a presentar y determine las sanciones correspondientes.
¿Qué es la propaganda gubernamental?
De acuerdo con el propio Instituto Nacional Electoral, la propaganda gubernamental son las campañas de comunicación de los gobiernos que difunden sus acciones o logros.
Esta mañana, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció que suspendería la reproducción de los videos semanales sobre el avance de construcción de las obras del gobierno federal, aunque pidió a las instancias judiciales especificar qué se puede difundir o no.
«No se van a transmitir los videos de siempre porque ya inició la veda, aún cuando se trata de obras que se están haciendo en beneficio de todos, que no tienen que ver con lo electoral, de todas formas queremos que las instancias judiciales nos aclaren qué podemos y qué no podemos informar porque existe el concepto general de propaganda y pues todo lo que tiene que ver con el gobierno de una u otra forma, todo lo que hace, puede considerarse propaganda, tenemos muchas cosas que se están haciendo», señaló.
¿La prohibición de difusión de propaganda gubernamental afecta a la ciudadanía en general?
De acuerdo con el artículo 35 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, los ciudadanos podrán dar a conocer su posicionamiento sobre la revocación de mandato por todos los medios a su alcance, de forma individual o colectiva, salvo las restricciones establecidas en el párrafo cuarto del artículo 33 de la Ley, el cual dice lo siguiente:
«Ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de las y los ciudadanos sobre la revocación de mandato. El Instituto ordenará la cancelación de cualquier propaganda e iniciará el proceso de sanción que corresponda».
Fuente: Milenio