Por medio de la Sentencia C-233, expedida por la Corte Constitucional el pasado 23 de julio, se amplío el derecho fundamental a morir dignamente. El fallo cobija a aquellos pacientes que padezcan una enfermedad que les provoque intenso sufrimiento por lesión corporal o enfermedad grave incurable.
El acceso a la eutanasia era legal desde 1997, pero unica y exclusivamente podían acudir a esto personas con enfermedades terminales graves en Colombia.
Con esta decisión la Corte modificó el artículo 106 del código penal en el cual se hablaba de homicidio por piedad o eutanasia como un delito. Una pena que cambia, sí y solo sí, el procedimiento es hecho por un médico, además de hacerse bajo el consentimiento libre e informado del paciente, quien debe sufrir de un padecimiento físico o psíquico a causa de alguna condición.
Martha Sepulveda será la primera paciente con un diagnostico no terminal que accederá a la aplicación de la eutanasia en Colombia, el próximo domingo 10 de octubre. Sufre de esclerosis lateral amiotrófica hace tres años, apenas puede caminar y los dolores en sus piernas se han intensificado a tal punto que debe apoyarse en alguien más para desplazarse, pues sus piernas no responden debido al intenso dolor.
Su condición no ha sido impedimento para ser feliz: ella tiene un panorama claro de la vida que le queda, no escatima en comer lo que se le antoja o en tomarse algunas cervezas de vez en cuando para amenizar las calurosas tardes del municipio de Bello, Antioquia.
En una entrevista con el periodista Juan David Laverde, de ‘Noticias Caracol’, Martha expresó con firmeza su deseo de acceder al procedimiento que terminará con su vida en los próximos seis días.
“Estoy más tranquila desde que me autorizaron el procedimiento, me río más y duermo más tranquila”, dijo al medio citado.
Si bien Martha es católica, está tranquila por haber tomado su decisión dado que no tiene reproches. Ella no ve como un pecado haber optado por acceder a este procedimiento clínico.
Fuente: El Universal