El Congreso de la Ciudad de México aprobó la llamada “Ley Chancla” que prohíbe los castigos físicos para niñas, niños y adolescentes.
Te recomendamos: PAN y Morena chocan por aumento en tarifas de agua en 165 colonias de CDMX
Con 43 votos a favor y ninguno en contra, los legisladores avalaron la reforma al Artículo 44 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México.
“Las niñas y los niños maltratados, abandonados, tienden a ser mayormente agresivos con sus familiares más cercanos y compañeros de escuela, lo que años después deriva en violencia hacia la novia, la esposa, la pareja, etcétera. Existe un mayor grado de probabilidad de que desarrollen comportamientos antisociales y trastornos de identidad, dificultad para localizar medios alternativos a la solución de conflictos por la vía pacífica”, expresó la diputada perredista Polimnia Romana Sierra Bárcena.
La misma legisladora detalló que en México seis de cada 10 menores reciben castigos corporales y humillantes en sus hogares como forma de crianza; que en 2020 más de 11 mil niños ingresaron a hospitales debido a lesiones ocurridas en casa y provocadas por familiares; y que en 2021 mil 900 niñas y niños fueron asesinados.
En su presentación, Polimnia Sierra agregó que los castigos corporales se relacionan con problemas que afectan la salud mental de los menores.
“El castigo y las humillaciones generan un círculo de violencia que debe de parar, con la contribución de los progenitores o responsables de niñas, niños, adolescentes, la sociedad y el Estado. No se trata de criminalizar a madres, padres o tutores, se trata de hacer explícita la obligación de las autoridades para tomar las medidas necesarias para prevenir, atender e investigar estos castigos, para lo cual requerirán la generación de estrategias y acciones puntuales”, puntualizó la diputada local
El dictamen establece que las autoridades deberán promover y difundir medidas de disciplina adecuadas, positivas y no violentas.
La iniciativa con proyecto de decreto aprobada adiciona las fracciones XIV y XV al artículo 4, recorriéndose en su orden los subsecuentes; un tercer párrafo al artículo 43; una fracción XI al artículo 44; y una fracción IX al artículo 102, recorriéndose en su orden los subsecuentes, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México, en materia de prohibición de castigos corporales y fomento de medidas de disciplina no violentas.
Con información de FOROtv y del Congreso de la Ciudad de México