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Congreso de CDMX aprueba ‘Ley Chancla’ que prohíbe los castigos corporales

El Congreso de la Ciudad de México aprobó la llamada “Ley Chancla” que prohíbe los castigos físicos para niñas, niños y adolescentes.

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Con 43 votos a favor y ninguno en contra, los legisladores avalaron la reforma al Artículo 44 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México.

“Las niñas y los niños maltratados, abandonados, tienden a ser mayormente agresivos con sus familiares más cercanos y compañeros de escuela, lo que años después deriva en violencia hacia la novia, la esposa, la pareja, etcétera. Existe un mayor grado de probabilidad de que desarrollen comportamientos antisociales y trastornos de identidad, dificultad para localizar medios alternativos a la solución de conflictos por la vía pacífica”, expresó la diputada perredista Polimnia Romana Sierra Bárcena.

La misma legisladora detalló que en México seis de cada 10 menores reciben castigos corporales y humillantes en sus hogares como forma de crianza; que en 2020 más de 11 mil niños ingresaron a hospitales debido a lesiones ocurridas en casa y provocadas por familiares; y que en 2021 mil 900 niñas y niños fueron asesinados.

En su presentación, Polimnia Sierra agregó que los castigos corporales se relacionan con problemas que afectan la salud mental de los menores.

“El castigo y las humillaciones generan un círculo de violencia que debe de parar, con la contribución de los progenitores o responsables de niñas, niños, adolescentes, la sociedad y el Estado. No se trata de criminalizar a madres, padres o tutores, se trata de hacer explícita la obligación de las autoridades para tomar las medidas necesarias para prevenir, atender e investigar estos castigos, para lo cual requerirán la generación de estrategias y acciones puntuales”, puntualizó la diputada local

El dictamen establece que las autoridades deberán promover y difundir medidas de disciplina adecuadas, positivas y no violentas.

La iniciativa con proyecto de decreto aprobada adiciona las fracciones XIV y XV al artículo 4, recorriéndose en su orden los subsecuentes; un tercer párrafo al artículo 43; una fracción XI al artículo 44; y una fracción IX al artículo 102, recorriéndose en su orden los subsecuentes, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México, en materia de prohibición de castigos corporales y fomento de medidas de disciplina no violentas.

Con información de FOROtv y del Congreso de la Ciudad de México

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