Con el objetivo de garantizar a las personas adultas mayores al ejercicio de los derechos que les corresponde, la diputada del PAN, Carmen González Martín, propuso una iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción XIV al artículo 5 y reforma el artículo 6, ambos de la Ley Para la Protección de los Derechos de los Adultos Mayores en el Estado de Yucatán.
“Desde el punto de vista local, en el Estado de Yucatán el marco jurídico contempla disposiciones normativas que tienen como finalidad el establecimiento de derechos de las personas adultas mayores, dichos ordenamientos son la Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social del Estado de Yucatán y la Ley para la Protección de los Derechos de los Adultos Mayores en el Estado de Yucatán”, expresó.
En su intervención durante sesión plenaria del pasado miércoles, la diputada expuso que se propone adicionar al artículo 5 Derechos de los adultos mayores la fracción XIV que quedaría de la siguiente manera: A vivir en el seno familiar o mantener contacto directo con ella, salvo que esto sea contrario al bienestar del adulto mayor.
Y, en la reforma al artículo 6, Obligaciones de los familiares, quedaría: La Familia del adulto mayor para cumplir con su función social, deberá velar de manera constante y permanente por cada adulto mayor que forme parte de ella, siendo responsable de mantener y preservar su calidad de vida; teniendo las siguientes obligaciones para con ellos: en la fracción I, Conocer los derechos de los adultos mayores; fracc. II Cuidar de los adultos mayores que formen parte de su familia, siendo responsables de conocer sus necesidades y proporcionarles los elementos necesarios para su atención integral.
También la frac. III Procurar que permanezcan en el seno familiar y que solo por decisión personal, enfermedad, causas de fuerza mayor o por determinación de autoridad competente, sean ingresadas en alguna institución de asistencia pública o privada, dedicada al cuidado y atención del adulto mayor, frac. IV Proporcionarles alimentos, según lo dispuesto en el Código de Familia para el Estado de Yucatán, frac. V Fomentar la convivencia familiar cotidiana, procurando la participación activa del adulto mayor, cultivando los valores que inciden en sus necesidades afectivas, de protección y apoyo.
La frac. VI Evitar que cualquiera de los integrantes de la familia realice o induzca a la realización de acciones discriminatorias, de abuso, explotación, aislamiento, violencia o actos jurídicos que pongan en riesgo la integridad física, bienes y derechos del adulto mayor. Los actos descritos en la presente fracción serán sancionados de acuerdo a lo establecido en el Código Penal del Estado de Yucatán; y frac. VII atender las necesidades psicoemocionales cuando el adulto mayor se encuentre en alguna institución pública o privada, casa hogar, albergue o cualquier otro centro de atención al adulto mayor a efecto de mantener sanos los lazos familiares.