La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la las diputaciones federales del Distrito 01 de Yucatán con cabecera en Valladolid para los partidos Movimiento Ciudadano(MC), Acción Nacional y Morena.
En esos partidos los candidatos son: Jorge Canul Rubio (MC), Liborio Vidal Aguilar (PAN) y Alpha Tavera (Morena).
Se ha ordenado registrar una nueva candidatura que cumpla con la referida autoadscripción calificada para ese Distrito 01 con sede en Valladolid.
Comunicado íntegro:
En sesión pública, celebrada por el sistema de videoconferencia, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por una parte, el registro realizado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) de la candidata propietaria a la diputación federal por el principio de mayoría relativa, correspondiente al Distrito Electoral 01, con cabecera en Palenque, Chiapas, presentada por la Coalición “Juntos Hacemos Historia” —integrada por los partidos políticos MORENA, del Trabajo (PT) y Verde Ecologista de México (PVEM) — y, por otra, revocó el registro de la candidata suplente a la diputación señalada.
Cabe mencionar que dicho Distrito se encuentra reservado para candidaturas de autoadscripción calificada indígena, por lo que la parte actora controvirtió el registro aludido, pues a su parecer, no se cumplió con ese requisito.
El Pleno de la Sala determinó confirmar el registro de la candidata propietaria, ya que del expediente presentado ante el INE y de las condiciones del presente caso, se advierten elementos que permiten concluir que la ciudadana cumple con la mencionada autoadscripción, al acreditarse un vínculo con la comunidad indígena.
Caso contrario ocurre con la candidata suplente, toda vez que, de la documentación aportada, no se acreditó el vínculo con la comunidad indígena a la que pretende representar. De ahí, que lo correcto fuera revocar su registro y concederle un plazo a la Coalición que la postuló para realizar la sustitución correspondiente.
En otros asuntos, la magistrada y magistrados de la Sala Regional Xalapa revocaron diversos acuerdos del Consejo General del INE con los que se aprobaron los registros de las fórmulas a las diputaciones federales por el principio de mayoría relativa, correspondientes al Distrito Electoral 01, con cabecera en Valladolid, Yucatán, reservadas para personas que acrediten la autoadscripción calificada indígena, y que fueron postuladas por los partidos políticos Movimiento Ciudadano (MC), Acción Nacional (PAN) y MORENA, respectivamente.
Lo anterior, derivado de que el INE no fue exhaustivo al analizar si existía o no un vínculo entre los candidatos y las comunidades indígenas a las que afirmaron pertenecer, además que, del análisis de las pruebas de cada expediente se constató que, tal y como lo señalaron los promoventes, existen elementos que evidencian la falta de acreditación de la autoadscripción calificada indígena de los candidatos.
De ahí que se revocaron y se ordenó a MC, al PAN y a MORENA que registren una nueva candidatura que cumpla con la referida autoadscripción calificada.
Adicionalmente, en la misma sesión pública, la magistrada y los magistrados de la Sala determinaron confirmar el registro de la fórmula de candidatos a la diputación federal del citado Distrito Electoral Federal, postulada por el Partido Revolucionario Institucional.
Lo anterior, porque el INE sí llevó a cabo una valoración exhaustiva de las constancias que le fueron presentadas para acreditar la calidad indígena del candidato registrado, además de que se demostró su vínculo efectivo con la comunidad de la que es originario.
Lo anterior, en cumplimiento al Acuerdo General 8/2020 de la Sala Superior del TEPJF en el que se precisan criterios a fin de discutir y resolver de forma no presencial asuntos de la competencia del TEPJF, ante la emergencia sanitaria provocada por el virus SARS-CoV2